Definición y Características del Derecho

¿Qué es el Derecho?

Existen numerosas definiciones sobre el Derecho, sin embargo una de las más completas es la propuesta por Luis María Olaso, donde incluye todos los elementos característicos de dicha ciencia, y es la siguiente:

Derecho es la recta ordenación de las relaciones sociales, mediante un sistema racional de normas de conducta declaradas obligatorias por la autoridad competente, por considerarlas soluciones justas a los problemas surgidos de la realidad histórica. 

Características del Derecho

Las normas jurídicas que conforman la ciencia del Derecho presentan unas características que las diferencian de las demás normas u órdenes normativos, tales como las normas morales, las religiosas, los convencionalismos sociales; en ese sentido tales características fundamentales son las que se describen a continuación:

Bilateralidad: Por cuanto imponen derechos correlativos de facultades o conceden derechos correlativos de obligaciones.

Heteronomía: Se refiere a la sujeción a un querer ajeno.

Coercibilidad: Consiste en la posibilidad de que la norma sea cumplida en forma no espontánea, e incluso en contra de la voluntad del obligado.

Exterioridad: Regula o le interesa el acto o conducta externa de los individuos. Lo que se lleva a cabo; no importa si hay o no intención.

Sigue estudiando

Continúa con la teoría general del Derecho:

Clasificación del Derecho

Público, privado, objetivo, subjetivo.

Los Fines del Derecho

Justicia, seguridad y bien común.

Axiología Jurídica

Valores que justifican el Derecho.

La Norma Jurídica

Concepto y naturaleza de la norma.

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19 respuestas a «Definición y Características del Derecho»

  1. moises suarez

    muy bueno este tema que as hecho Livia Hernández¡

    1. Livia Hernández

      Muchas gracias por su amable comentario! espero haya sido de provecho el artículo. Hasta pronto!

      1. arisleidysala

        gracias a usted livia hernandes

    2. jose felipe martinez luna

      difiero del comentario de la pag, al hablar de la exterioridad, se dice … que importa el acto, sin importar al intencion o no, creo que es erroneo, porque los actos son dolosos y culposos y las consecuencias del mismo son por el hecho en si y el ser juridico implica una consecuencia, si no, caeriamos dentro de las demas normas no coercibles

      1. jose felipe martinez luna

        Hermano, Aprenda a Leer Primero, su Comentario esta Fuera de Contexto, Se Explica Claramente que No Importa si Hubo o No la Intencion, se Condena el Acto.
        Exterioridad: Regula o le interesa el acto o conducta externa de los individuos. Lo que se lleva a cabo; no importa si hay o no intención.

  2. Jose Loarca

    Muy buen aporte, ya que las personas que están iniciando sus estudios relacionados a esta ciencia les sera de mucha ayuda…
    Gracias por tu post!

    1. Livia Hernández

      Muchas gracias por su amable comentario. Espero siga encontrando artículos de su interés. ¡hasta pronto!

      Saludos cordiales,
      Livia Hernández

      1. estebasn

        Mil Gracias!, aunque estoy iniciando en México con la Lic. DERECHO (y en “paralelo” la Lic. en Seguridad Pública) observo que son muy valiosos sus comentarios!, agradecido por cada uno de sus comentarios!. Dios la Bendiga!….(estoy aprendiendo rapidamente!)..un verdadero honor el tenerlos como mis contactos!.

  3. Joaquín Rosado Sánchez

    Mil Gracias!, aunque estoy iniciando en México con la Lic. DERECHO (y en «paralelo» la Lic. en Seguridad Pública) observo que son muy valiosos sus comentarios!, agradecido por cada uno de sus comentarios!. Dios la Bendiga!….(estoy aprendiendo rapidamente!)..un verdadero honor el tenerlos como mis contactos!.

    1. Livia Hernández

      El honor es de mi parte por saber que son de provecho las publicaciones, Espero continúe consultando la la página, ¡Bienvenido! y le deseo éxitos académicos.

      Atentamente,
      Livia Hernández

  4. Pedro Suyon Montenegro

    Livia Hernadez, te felicito por tu comentario, me ayuda mucho con mis estudios de derecho en Perú – Chiclayo

  5. rociiio

    no hay características de obolutivo

  6. Alfonso German Arreola

    EL DERECHO, CIENTÍFICAMENTE ELABORADO, permite convivir de mejor manera, defendernos, DISFRUTAR DE LA MAYOR SEGURIDAD POSIBLE y perfeccionarnos como seres humanos.

  7. Leonel Eduardo

    Gracias por la reseña, es de ayuda para tener un concepto mas sobre, el Derecho, solo quisiera saber, de donde se obtuvo el concepto de Derecho, por,Luis Maria Olaso, para una cita bibliográfica o electrónica, me seria de mucha ayuda.
    Gracias, un saludo.

  8. Luz Gleidys Rodríguez

    Buenisma información presisa para mi clase de hoy grcias!!!

  9. jose felipe martinez luna

    es buena la pagina, saludos

  10. juan manuel

    yo creo q derecho cubre tres puntos fundamentales para su definición : sociedad .conducta y norma

  11. Luis Herrera

    Excelente material para los q estamos en esta rama ,claro y completo para cualquier investigacion .

  12. Estructura de la Norma Jurídica – Temas de Derecho

    […] embargo, entender esta estructura resulta esencial para comprender cómo opera el Derecho, cómo se vinculan las conductas humanas con las consecuencias jurídicas y de qué manera las […]

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